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TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL

San Martín 502
2415 PORTEÑA (Cba.)
Tel. 03564-450112 / 113
E-mail:
municipalidad@dataco34.com.ar

Días y horarios de sesiones: viernes de 13:00 a 14:30 hs.

 Srta. Noemilda Pagliero
 Secretaria Privada

 

Cdr. Daniel J. SADONE
Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas.

El Tribunal de Cuentas está integrado por:

 Med. Vet. Susana Patat de Brigant
 Vocal

 Sr. Heraldo A. Bianco
 Vocal

ATRIBUCIONES del TRIBUNAL de CUENTAS

Según la Ley Orgánica Municipal Nº 8102 (Art. 84), son atribuciones del Tribunal de Cuentas:

1) Revisar las Cuentas Generales del ejercicio de la administración municipal y de los organismos, empresas y sociedades previstas en el Título V de la Ley Orgánica Nº 8102 y fiscalizarlas por medio de auditorias externas, en el ámbito de sus facultades y sin efectuar juicios sobre criterios de oportunidad y conveniencia siempre a solicitud del Concejo Deliberante.-

2) Visar, previo a su cumplimiento, todos los actos administrativos del Departamento Ejecutivo, que comprometan gastos.- Cuando se considere que aquellos contraríen o violen disposiciones legales, deberá observarlos dentro de los cinco (5) días hábiles de haber tomado conocimiento de ellos, vencido dicho plazo, se tendrán por visados.- En caso de observaciones, el Departamento Ejecutivo podrá insistir, en acuerdo de Secretarios, en su cumplimiento.- Si el Tribunal de Cuentas mantiene su observación, deberá visarla con reserva en el plazo previsto en el párrafo anterior y pondrá al Concejo Deliberante en conocimiento del asunto.-Ningún acto administrativo que comprometa un gasto será válido sin que se haya seguido el procedimiento previsto en este inciso.-

3) Aprobar las órdenes de pago expedidas en legal forma.-

4) Hacer observaciones en las órdenes de pago ya cumplimentadas, si correspondiere, en cuyo caso deberá enviar copias de las mismas al Concejo Deliberante en un plazo no mayor a los tres (3) días.-

5) Dictaminar ante el Concejo Deliberante, dentro de las sesenta (60) días de haber sido recibida, sobre la Cuenta General de la Municipalidad.-

6) Fiscalizar las inversiones de los fondos otorgados en carácter de subsidios o subvenciones.-

7) Fiscalizar las cuentas del Concejo Deliberante.-

8) Fiscalizar las operaciones financiero-patrimoniales de la Municipalidad.-

9) Dictar su Reglamento Interno.-

10) Preparar y elevar el cálculo de gastos e inversiones del Tribunal de Cuentas, al Señor Intendente Municipal para su consideración por el Concejo Deliberante dentro del Presupuesto General de la Municipalidad, o a la Comisión en su caso, a los mismos fines.-

11) Designar, promover y remover a sus empleados.-

12) Elevar al Concejo Deliberante por intermedio del Departamento Ejecutivo Municipal, o a la Comisión en su caso, proyectos de Ordenanzas que hagan a su ámbito de aplicación.